Escudo oficial para el guion de la
Jefatura de Policía Judicial de la Guardia Civil.
Fuente: Boletín Oficial de la Guardia
Civil.
El 23 de mayo de 2008, mediante Orden General número 4, se
reorganiza la Jefatura de Policía Judicial de la Guardia Civil. Unos meses
antes, según el Real Decreto 1571/2007, de 30 de noviembre, que desarrollaba la
estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, se habían desagregado
las misiones que la Jefatura de Información y Policía Judicial venían
desarrollando en dos nuevos órganos, la Jefatura de Información y la Jefatura
de Policía Judicial, para dar mayor autonomía funcional a estas dos grandes
áreas operativas. Por un lado, la de gestión integral de la información, especialmente
para la lucha contra el terrorismo y, por otro, la relativa a la investigación
criminal.
La creación de órganos y procedimientos de coordinación y
colaboración, así como la formación de nuevas estructuras operativas, tanto
nacionales como internacionales, en el ámbito de la policía judicial, hizo
preciso entonces una mejor definición de las responsabilidades encomendadas a
la Guardia Civil.
Según la Orden General de 2008, a la Jefatura de Policía
Judicial, directamente dependiente del director adjunto operativo, le
correspondía organizar y gestionar la investigación y persecución de los
delitos y faltas, y desarrollar los servicios de criminalística,
identificación, analítica e investigación técnica, desempeñando las funciones
de policía judicial específica de la Guardia Civil.
La Orden General número 27/2021, de 9 de septiembre, regula
las especialidades de la Policía Judicial y Criminalística de la Guardia Civil
y la estructura, organización, funciones de la Jefatura de Policía Judicial, de
modo que establece que se estructura en las siguientes unidades centrales: Unidad
Técnica de Policía Judicial, Unidad Central Operativa y Servicio de
Criminalística.
A nivel territorial, la Guardia Civil cuenta con unidades de
Policía Judicial en las zonas y unidades orgánicas de Policía Judicial en las
comandancias, y bajo la dependencia de éstas trabajan los equipos
territoriales de Policía Judicial, con ámbito de actuación en la demarcación de
las compañías.