jueves, 30 de enero de 2025

Circular del Duque de Ahumada prohibiendo mencionar los nombres de confidentes

 

Actuación de la Guardia Civil en funciones de recogida de datos (1890).

Fuente: Centro de Fotografía Histórica de la Guardia Civil.

El 30 de enero de 1847, el fundador y primer inspector general de la Guardia Civil, Francisco Javier Girón y Ezpeleta de las Casas y Enrile, II Duque de Ahumada y V Marqués de las Amarillas, emitió una circular en la que ordenaba a los comandantes de puesto que no facilitasen nunca los nombres de aquellas personas que aportaran cualquier información sobre delincuentes o hechos delictivos.

Desde la creación de la Guardia Civil, una de las principales fuentes de información sobre la criminalidad en general y sobre los delincuentes en particular, fueron los confidentes. El Duque de Ahumada, tras observar que los comandantes de puesto solían citar en sus partes el nombre de las personas de quienes habían recibido avisos o informaciones para la persecución de malhecho­res u otros servicios, decidió dictar dicha circular al considerar que “si la comunicación se extravía, pueden seguirse gravísimos perjuicios al que ha prestado el servicio de denunciar a los delincuen­tes, y retraerse todos los habitantes de la provincia”.

La Ley Orgánica 19/1994, de 23 de diciembre, de protección a testigos y peritos en causas crimina­les, establece las medidas de protección aplicables a las personas que intervengan en procesos penales.

A su vez, la protección de las personas físicas en relación con el tratamiento de datos perso­nales es un derecho fundamental protegido por el artículo 18.4 de la Constitución Española, así como a lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de di­ciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.