Grupo de veintiséis guardias civiles,
presentando la mayoría de ellos bigote (1909).
Fuente: Oficina de Relaciones
Informativas y Sociales. Guardia Civil.
El 14 de agosto de 1846, el Ministerio de la Guerra dictó una
orden, de carácter obligatorio para todos los Cuerpos del Ejército, sobre el
uso del bigote por los jefes, oficiales y personal de las Clases de tropa, así
como de la perilla corta por los jefes y oficiales. En aquella época, también
se podían usar las patillas, pero moderadas, rectas y sin unirlas al bigote ni
a la perilla.
Desde su fundación, la Guardia Civil ha sido consciente de la
importancia que tiene por parte de los guardias civiles el cumplimiento de las
normas relacionadas con la uniformidad, el comportamiento, la disciplina y la
policía personal, para poder así ganarse el respeto y confianza de la
población.
Respecto al uso del bigote, el Real Decreto 967/2021, de 8 de
noviembre, por el que se regula el uso general del uniforme de la Guardia
Civil, establece lo siguiente:
“Respecto de los elementos de policía personal y aspecto físico, se tendrá en cuenta la longitud, color y peinado del cabello, la longitud y color de las uñas, el afeitado o el uso de la barba, bigote, perilla y patillas y el uso del maquillaje, y otros complementos y accesorios de la imagen.”