domingo, 29 de junio de 2025

Creación de la categoría de Gran Cruz de la Orden del Mérito de la Guardia Civil

 

Gran Cruz de la Orden del Mérito de la Guardia Civil depo­sitada en el Museo de la Guardia Civil (Madrid, 2024).

Fuente: Gabinete Técnico. Guardia Civil.

El 29 de junio de 2012 se modificó la Ley 19/1976, de 29 de mayo, sobre creación de la Orden del Mérito del Cuerpo de la Guardia Civil, estableciendo una nueva categoría de recompensa, la Gran Cruz, y modificándose la denominación de la orden, que pasaría a denominarse “Orden del Mérito de la Guardia Civil”.

La Gran Cruz es la máxima categoría dentro de la Orden del Mérito de la Guardia Civil y se concede mediante Real Decreto del Consejo de Ministros, a propuesta de la persona titular del Ministerio del Interior, oído el Ministerio de Defensa, cuando se trate de miembros de la Guardia Civil. Al igual que la Cruz de Plata y la Cruz con distintivo blanco, ésta no conlleva pensión alguna y se concede por servicios o hechos extraordinarios.

En desarrollo de la norma, el artículo 5 de la Orden INT/2008/2012, de 21 de septiembre, por la que se regula la Orden del Mérito de la Guardia Civil, dispone que “La Gran Cruz será concedi­da a oficiales generales, personal civil, unidades, entidades y patronazgos, para lo que se tendrá en cuenta el rango institucional, administrativo, académico o profesional de la persona, unidad o entidad recompensada, en atención a los sobre­salientes méritos y circunstancias que concurran en ellos relacionados con el Cuerpo de la Guar­dia Civil o la seguridad pública”.