Agentes de la Policía Local y de la
Guardia Civil en la Comunidad de Madrid (2015).
Fuente: Oficina de Relaciones
Informativas y Sociales. Guardia Civil.
El 13 de marzo de 1986 se aprobó la Ley Orgánica 2/1986 de
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Su objetivo principal se centra en el diseño de
las líneas maestras del régimen jurídico de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
en su conjunto, tanto de las dependientes del Gobierno como de las de las
comunidades autónomas o de las corporaciones locales. En este texto se
establecen los principios básicos de actuación comunes a todos ellos y se fijan
sus criterios estatutarios fundamentales.
Según esta norma, aún vigente, la seguridad pública es
competencia exclusiva del Estado y su mantenimiento corresponde al Gobierno de
la nación, en sintonía con lo preceptuado por la Constitución Española de 1978.
Asimismo, las comunidades autónomas participan en su mantenimiento en los
términos que establezcan los respectivos Estatutos de Autonomía y en el marco
de esta ley, y las corporaciones locales lo hacen en los términos establecidos
en la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, además de en esta ley.
Esta importante ley orgánica estableció el papel definitivo que la Guardia Civil iba a desarrollar en la nueva estructura de seguridad del Estado, reafirmando con el carácter orgánico de dicha ley la naturaleza militar de la Guardia Civil.