martes, 10 de diciembre de 2024

Se suprime el requisito de conocer la normativa de memoria para los aspirantes a cabo

 

Alumnos del curso de cabo, de septiembre a diciembre de 1946 (Torrelavega) 

 El 10 de diciembre de 1921, el director general de la Guardia Civil, teniente general Juan Zubía y Bassecourt, firmó una disposición para apreciar el grado de suficiencia de los aspirantes al empleo de cabo, a partir de la cual, los tribunales de exámenes requerirían el conocimiento de la legislación, sin necesidad de aprenderla de memoria.

El reglamento de ascenso de las clases de tropa de esa época exigía a los guardias aspirantes a cabo el conocimiento de la legislación referente al servicio peculiar del Cuerpo, pero como legisla­ción sufría constantes modificaciones, se optó por suprimir el requisito de conocer la normativa de memoria, priorizándose, por tanto, el conocimiento detallado de la misma.

La Ley 29/2014 de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil, así como la normativa de desarrollo en materia de ordenación de la enseñanza regulado en el Real Decreto 149/2023 de 28 de febrero, Reglamento de ordenación de la enseñanza de la Guardia Civil y los planes de estudio configuran la enseñanza como un elemento fundamental que tiene como finalida­des, entre otras, la formación integral necesaria para quienes aspiran a ingresar en el Cuerpo, todo ello para garantizar que el personal de la Guardia Civil disponga, a lo largo de toda su vida profesio­nal, de las competencias necesarias para cumplir con efectividad las funciones encomendadas.

Las plazas para el ascenso a cabo se ofertan con carácter general y a ellas podrán optar los efec­tivos guardias civiles con al menos dos años de tiempo de servicios en el Cuerpo. El ascenso al em­pleo de cabo se producirá por el sistema de concurso-oposición, siendo requisito la superación de un curso de capacitación y se producirá con ocasión de vacante teniendo en cuenta el orden resul­tante de las puntuaciones obtenidas en el concurso-oposición y en el curso de capacitación.

Los miembros de la Escala de Cabos y Guardias constituyen el elemento primordial de la estruc­tura orgánica de la Guardia Civil, realizando tareas de acuerdo con los procedimientos de actuación y de servicio establecidos. De su profesionalidad, iniciativa y preparación depende en gran medida la eficacia del Cuerpo.

Fuente: Centro de Fotografía Histórica de la Guardia Civil.