Distintivo de mérito de consideración
de suboficial de los integrantes de la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia
Civil.
Fuente: Boletín Oficial de la Guardia
Civil.
El 22 de junio de 1983 se aprobó el Real Decreto 1970/1983,
sobre consideración de suboficiales a las clases de tropa de la Guardia Civil.
Este tratamiento y consideración se les concede a los guardias civiles a
partir de los seis años de servicio ininterrumpidos en el Cuerpo y a los cabos
al alcanzar este empleo. No comporta derechos económicos o jerárquicos y, por
tanto, no varía las condiciones de subordinación respecto a los componentes del
Cuerpo.
Con ello, se hizo justicia con los guardias civiles por su
abnegación, entrega, constancia y fidelidad en el servicio y se dio
satisfacción a un antiguo y noble anhelo de los integrantes del Cuerpo.
El reconocimiento externo de esta distinción se plasma en el distintivo de mérito recogido en la Orden General número 6/2023, de 9 de mayo, sobre emblemas, divisas y distintivos en la Guardia Civil que regula su descripción, uso y colocación.