Fiscalía Especial Contra la
Corrupción y la Criminalidad Organizada (Madrid, 2024).
Fuente: Unidad de Protección y
Seguridad. Guardia Civil.
El 9 de abril de 1878, Su Majestad el rey Alfonso XII dispuso
que los funcionarios del Ministerio Fiscal pudieran, siempre que lo
consideraran conveniente, comunicarse con los mandos de la Guardia Civil, con
el fin de que éstos les prestasen apoyo en aquellos servicios que se estimaran
procedentes y les mantuvieran informados de los datos y noticias que se
requiriesen para la averiguación de los delitos y la captura de sus autores.
La Guardia Civil depende del Ministerio del Interior en
cuanto a los servicios, retribuciones, destinos y medios, y del Ministerio de
Defensa en lo referente a ascensos, situaciones administrativas y misiones de
carácter militar.
Además, en el marco de las misiones encomendadas al Cuerpo en
la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad,
tiene importantes relaciones de dependencia:
• De jueces, Tribunales y Ministerio Fiscal, en sus funciones
de policía judicial.
• Del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y del
Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico, en las funciones
propias de protección de la naturaleza.
• De la Dirección General de Tráfico, con motivo de su
relación con la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil.
• Del Ministerio de Hacienda, en las competencias relativas
al resguardo fiscal del Estado.
• De los órganos de la administración central, autonómica y local, al velar por el cumplimiento de sus normas y reglamentos relacionados con ellos.
