Real Orden de esta fecha, del año 1.858: “Con el objeto de
evitar los inconvenientes que ofrece el mejor servicio, la constante
permanencia de los Batallones de Infantería de Marina, en un mismo
Departamento, la Reina (q.D.g.) se digna resolver que los referidos Batallones
cambien de Departamento, cada dos años, y que los relevos se verifiquen por
mar, en los meses de agosto o mayo, con todos sus individuos sin excepción
alguna, llevando consigo sus almacenes, oficinas y cuanto les pertenezcan de
equipo y menaje”.