Componente de la Guardia Civil en el
mercado de ganado celebrado en Aramoyana (Álava, 1945).
Fuente: Centro de Fotografía
Histórica de la Guardia Civil.
El 16 de febrero de 1873 se publicó en el Boletín Oficial de
Burgos una circular por la que el Gobierno Militar de la provincia acordaba
que los dueños de los caballos recuperados por la Guardia Civil podían
recogerlos en el plazo de tres días, siempre que se hubiera dado parte a los
respectivos alcaldes del robo y que los dueños acreditaran, mediante una
certificación, las señas de las caballerías robadas. Si los interesados no se
presentaban con los requisitos exigidos pasado el plazo, los animales se subastarían
en el cuartel del Regimiento 16o de Caballería Cazadores de Albuera.
Cuando se produce alguna intervención de efectos robados, la
Guardia Civil da a conocer a la ciudadanía los detalles de la operación que ha
realizado y los trámites oportunos para que las personas que hubieran sido
objeto de los robos se presenten en las dependencias oficiales y puedan
recuperarlos, siempre que acrediten su titularidad a través de la denuncia
presentada con motivo de la sustracción.
Por ello, es muy importante que cuando se denuncie un robo de efectos se hagan constar los datos que faciliten la identificación de sus legítimos propietarios (números de serie, fotografías, descripciones lo más detalladas posible o cualquier información que ayude a su identificación).
