martes, 17 de diciembre de 2024

Instrucciones sobre prevención de robos en carruajes públicos

 
Componente de la Guardia Civil junto a varias calesas situadas al comienzo de la calle Vitoria (Burgos, mediados del siglo XIX)

El 17 de diciembre de 1851, Francisco Javier Girón y Ezpeleta de las Casas y Enrile, II Duque de Ahumada y V Marqués de las Amarillas, con el objetivo de mejorar el servicio de seguridad que se prestaba en las carreteras, remitió una Circular con instrucciones sobre la forma de perseguir a los autores de los robos cometidos en los carruajes públicos. El inspector general destacaba que era absolutamente necesario no delimitar la búsqueda de los autores e implicados en este tipo de ac­tos delictivos a los momentos inmediatamente posteriores a su perpetración, sino que era necesa­rio insistir posteriormente con otras labores de indagación, con el fin de lograr su captura y puesta a disposición de la autoridad competente.

La Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad encomienda a la Guardia Civil, con carácter exclusivo, la vigilancia del tráfico, tránsito y transporte en las vías públicas interurbanas; así como la custodia de vías de comunicación terrestre, costas, fronteras, puertos, aeropuertos y centros e ins­talaciones que por su interés lo requieran. En concreto, y sin perjuicio de las unidades específicas de seguridad en puertos y zonas aeroportuarias, durante los últimos años se han intensificado los controles e inspecciones en el transporte público de viajeros, tanto en estaciones de autobuses y trenes, como durante los trayectos por autopistas, carreteras nacionales, comarcales y locales, a fin de garantizar la seguridad de los viajeros y prevenir hechos delictivos de diversa índole.

Fuente: Centro de Fotografía Histórica de la Guardia Civil.