El día 7 de diciembre de 1649, se confirman todos los fueros
y preeminencias de los oficiales mayores y menores y gente de la Artillería, no
entendiéndose los comprendidos en las pragmáticas sobre trajes y vestidos,
incluso la de 13 de Junio de 1630. que no están sujetos a ninguna otra
jurisdicción que la de su Capitán General, por toda clase de delitos, excepto
en las demandas sobre bienes raíces, mayorazgos y particiones de herencia. Y
aunque pueden ser presos en caso de flagrante delito, es con la obligación de remitirlos,
y las diligencias instruidas, a su Capitán General.
El día 7 de diciembre de 1650. Propone el Consejo, y se
aprueba que las viudas y herederos de los Oficiales y demás personas del
Ministerio de la Artillería, deben entrar en la consignación de las 300 plazas
muertas señaladas para viudas o herederos de militares: la de Maestre de Campo*
a cinco reales, las de Sargentos Mayores o Capitanes de Infantería a tres, las
de Alféreces a dos y las de Sargentos o soldados a uno.
*El maestre de campo, también conocido como maese o maestro de campo, era un rango militar establecido en 1534 por el Rey Carlos I de España.
El día 7 de diciembre de 1857, se mandó establecer una Brigada de Remonta de ganado en Cataluña, para crear caballos de tiro, que luego cambió su nombre por el de escuadrón. Por Real Decreto de 6 de Enero de 1859 se amplió la fundación convirtiéndole en un establecimiento de remonta análogo a los del Arma de Caballería.
