Una Real Orden de esta fecha del año 1.882, determinaba que
los fondos económicos para la conservación y entretenimiento de los Cuarteles
que alojaron las fuerzas de Infantería de Marina, estuviesen a cargo de los
Regimientos de Reserva y que las Juntas que se reúnen para disponer de los
expresados fondos y darles aplicación, las presidieran, en los tres
Departamentos, los Brigadieres Jefes de las Brigadas del indicado Cuerpo.
