Una disposición del Almirantazgo de este día del año 1.869,
ordenaba que “igual que se venía practicando con las fuerzas del Ejército, en
la isla de Cuba, durante permanezcan en dicha isla, Regimientos o Batallones
del Cuerpo de Infantería de Marina, se satisfacerá un real fuerte diario de
plus, a los soldados que desempeñen el destino de Ordenanza en las oficinas del
Estado Mayor del Ejercito”.